Depósito de fianza de alquiler por comunidad autónoma
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Fianza en Madrid
Agencia de Vivienda Social — Trámite SFAR 100% online. Plazo: 30 días.
Fianza en Cataluña
Incasòl — Depósito telemático. Plazo especial: 60 días.
Fianza en Andalucía
AVRA — Consejería de Fomento. Plazo: 30 días desde la firma.
Fianza en Valencia
GVA — Conselleria de Vivienda. Trámite online completo.
Preguntas frecuentes sobre fianzas
Sí. Según la LAU (Ley 29/1994), el arrendador está obligado a depositar la fianza en el organismo competente de su comunidad autónoma. El incumplimiento puede acarrear sanciones económicas.
La fianza legal obligatoria es de 1 mensualidad de renta para viviendas y 2 mensualidades para usos distintos de vivienda. Adicionalmente, el propietario puede pedir garantías adicionales de hasta 2 mensualidades.
En la mayoría de CCAA el plazo es de 30 días desde la firma del contrato. En Cataluña el plazo es de 60 días. Consulta la ficha de tu comunidad para el plazo exacto.
El propietario puede enfrentarse a sanciones administrativas que varían según la comunidad autónoma, pudiendo llegar a multas de entre 600€ y 6.000€.